Page 22 - El Heraldo de Saltillo 11 de mayo 2018
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                        EDICTO                                                   EDICTO                                 JUNTA LOCAL DE CONCILIACIÓN
                                                          JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN                                   Y ARBITRAJE
      El C. Juez Tercero de Primera Instancia en ma-                        MATERIA CIVIL.                                       AVISO DE REMATE
      teria Familiar del Distrito Judicial de Saltillo, or-
      denó se publicara por tres veces de siete en siete   En los autos del expediente 00220/2018 relativo al Juicio    EN    EL   EXPEDIENTE       NÚMERO
      días, en uno de los periódicos de mayor circu-      Sucesorio Intestamentario a bienes de JOSÉ JUAN               320/2008  PROMOVIDO  POR  EL  C.
      lación de la capital de la república, de la capital   MARTÍNEZ MARES, denunciado por Guadalupe                    ALFREDO  VELÁSQUEZ  ESPINOSA
      del Estado, del domicilio del ausente y del lu-     Martínez Martínez, la Jueza Tercero de Primera Instancia      EN CONTRA DE MARIO ALBERTO
      gar donde se tuvo la última noticia, los puntos     en Materia Civil del Distrito Judicial de Saltillo, ordenó    JIMENEZ SANTACRUZ Y OTRO, SE
      resolutivos de la sentencia definitiva de fecha     con fundamento en el artículo 1065 del Código Procesal        HAN  SEÑALADO  LAS  DIEZ  HORAS
      veintisiete (27) de abril de dos mil doce (2012),   Civil, se publiquen edictos por DOS veces con un intervalo    CON TREINTA MINUTOS DEL DÍA
      dictada dentro de los autos del expediente nú-      de DIEZ días en la tabla de avisos de este juzgado, en el     PRIMERO DE JUNIO DEL AÑO DOS
      mero 719/2011, relativo al PROCEDIMIENTO            periódico Oficial del Estado y en el Portal Electrónico       MIL DIECIOCHO PARA QUE TENGA
      DE  DECLARACIÓN  DE AUSENCIA  DEL  C.               destinado para ello, a efecto de convocar a todos los que     VERIFICATIVO UNA DILIGENCIA
      RICARDO REYES RODRÍGUEZ, promovido                  se consideren con derecho a heredar y a los acreedores del    DE  REMATE  DEL  SIGUIENTE BIEN
      por REYNA GUADALUPE GODINA LUNA, y                  difunto para que si a su derecho conviniere, concurran        INMUEBLE: En el bien embargado a
      que son del tenor siguiente…. Por lo expuesto y     a hacer valer sus derechos, convocándolos a la junta de       los demandados MARIO ALBERTO
      fundado es de resolverse y se resuelve: PRIME-      herederos que se celebrará a las once horas del día jueves    JIMENEZ SANTACRUZ y GRACIELA
      RO.- Este juzgado es competente para conocer        catorce de junio de dos mil dieciocho, en el local de este    GARCIA GONZALEZ consistente en:
      y resolver el presente juicio. SEGUNDO.- La         juzgado a fin de que se haga la declaratoria de herederos y   LA CASA HABITACIÓN UBICADA EN
      promovente REYNA GUADALUPE GODINA                   se designe albacea o interventor en su caso.                  LA  CALLE  LAGO  NEGRO  NUMERO
      LUNA, demostró  los  hechos constitutivos  de                                                                     567,   DEL      FRACCIONAMIENTO
      su pretensión, sin que a la fecha de la presen-            Saltillo, Coahuila a 03 de Mayo de 2018.               SAN AGUSTIN INSCRITO BAJO LA
      te resolución se haya presentado el ausente RI-         C. SECRETARIA DE ACUERDO Y TRÁMITE                        PARTIDA 32785 LIBRO 328, SECCION
      CARDO REYES RODRÍGUEZ, su representan-                   LIC.  MARTHA PATRICIA LÓPEZ GÓMEZ                        I s.c DE FECHA 10 DE ENERO DE 1996:
      te legal o alguna persona interesada a juicio; en                                                                 CON LAS SIGUIENTES MEDIDAS
      consecuencia: TERCERO.- Con fundamento en                                                                         Y COLINDANCIAS AL NORTE 32
      lo dispuesto por el artículo 657 del Código Pro-                                                                  METROS CON LOTE 9, SUR 32
      cesal Civil, se declara la ausencia del señor RI-                   EDICTO NOTARIAL                               METROS CON LOTE 5 AL ORIENTE 13
      CARDO REYES RODRÍGUEZ y el Ministerio                                                                             METROS CON LOTE 8 AL PONIENTE
      Público velará por los intereses del ausente y será   EL C. LIC. ALVARO JOSE CAMPOS GAY, Titular de la            13  METROS  CON  CALLE  LAGO
      parte necesaria en todos procedimientos, aten-      Notaría Pública Número (41) cuarenta y uno, con oficio        NEGRO a nombre de los demandados
      to a lo dispuesto por el artículo 144 del mismo     sito en la finca marcada con el número (345) trescientos      demandada avalúo en $ 2,290,000.00
      ordenamiento procesal. CUARTO.- Se ratifica         cuarenta y cinco, de la Calle Reynosa, de la Colonia Repú-    PESOS 00/100 M.N.), siendo postura
      como administradora de sus bienes, a su esposa      blica Oriente, de esta Ciudad, fundado en lo dispuesto en     legal la que cubra las dos terceras partes
      REYNA GUADALUPE GODINA LUNA, quien                  los artículos (1041) mil cuarenta y uno, (1042) mil cuaren-   del avalúo correspondiente siendo la
      también los custodiara y representara al ausen-     ta y dos, (1043) mil cuarenta y tres, (1044) mil cuarenta     cantidad de $1,526,666.66 pesos.
      te en juicio y fuera de él; dejándose sin efecto    y cuatro, (1045) mil cuarenta y cinco, (1126) mil ciento      LO QUE SE CERTIFICA Y SE HACE
      dicha designación en el caso de que el ausente      veintiséis y demás relativos del Código Procesal Civil, vi-   CONSTAR AL PÚBLICO EN GENERAL
      comparezca a juicio. QUINTO.- De conformi-          gente en el Estado, HAGO CONSTAR: Que en esta Nota-           EN SOLICITUD DE POSTORES, DEL
      dad con lo dispuesto por el artículo 133 del Có-    ría de mi cargo se ha iniciado con fecha fecha (13) tres del   BIEN INMUEBLE SEÑALADO SIENDO
      digo Procesal Civil, la declaración de ausencia                                                                   EL AVALÚO LA CANTIDAD DE
      interrumpe la sociedad conyugal, a menos que        mes de Abril del año (2018) dos mil dieciocho, el Proce-      $2,290,000.00, SIENDO LA POSTURA
      en las capitulaciones matrimoniales se haya es-     dimiento Sucesorio Intestamentario Extrajudicial a bienes     LEGAL LA QUE CUBRA LAS DOS
      tipulado que continúe; por tanto, los bienes que    del señor EUSEBIO FUENTES QUINTERO, denunciado                TERCERAS PARTES DEL MISMO
      se adquieran con posterioridad a esta declarato-    por los C.C. la señora CLAUDIA ASENET FUENTES CO-             QUE ES DE $1,526,666.66 DEL BIEN
      ria no formaran parte de la sociedad conyugal.      VARRUBIAS, la señora ANDREA DE LA PAZ FUENTES                 INMUEBLE SEÑALADO, DEBIENDO
      SEXTO.- S e ordena mandar publicar los puntos       COVARRUBIAS y el señor EUSEBIO FUENTES COVA-                  EXHIBIR MEDIANTE BILLETE DE
      resolutivos de la presente resolución por medio     RRUBIAS, designándose de igual forma como Albacea de          DEPÓSITO EL EQUIVALENTE AL 10%
      de EDICTOS que deberán de publicarse por tres       la Sucesión a la señora JUANA MARIA COVARRUBIAS               DE  LA  POSTURA LEGAL  SIENDO
      veces de siete en siete días, en uno de los Pe-     CHANTACA, quien acepta el cargo conferido protestan-          LA CANTIDAD DE $152,666.66,
      riódicos de mayor circulación de la capital de la   do su fiel y legal desempeño, quedando eximida de con-        DE    CONFORMIDAD          CON     LO
      república, de la capital del Estado, del domicilio   formidad de caucionar el desempeño de dicho cargo con        DISPUESTO POR LOS ARTICULOS
      del ausente, y del lugar donde se tuvo la última    domicilio convencional en la casa marcada con el número       967, 968, 971,972 Y DEMÁS RELATIVOS
      noticia, SÉPTIMO.- NOTIFÍQUESE PERSO-               (1276) mil doscientos setenta y seis, de la Calle “Privada    DE LA LEY FEDERAL DEL TRABAJO.-
      NALMENTE Y LÍSTESE.- De conformidad con                                                                           DOY FE.-
      lo dispuesto por el artículo 211, fracción V, del   Deportiva”, de la Colonia Topochico, de esta Ciudad; con
      Código Procesal Civil…”                             capacidad legal para contratar y obligarse válidamente sin         SALTILLO, COAHUILA DE
                                                          que me conste nada en reconociéndose sus derechos here-       ZARAGOZA, a 02 DE FEBRERO DEL
       Saltillo, Coahuila; a 17 de Octubre de 2012        ditarios y que se procederá a la formulación del inventario       AÑO DOS MIL DIECIOCHO
          LA C. SECRETARIA DEL JUZGADO                    de los bienes de la herencia.- DOY FE                                  EL C. PRESIDENTE
       TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN                                                                                        DE LA JUNTA LOCAL DE
         MATERIA FAMILIAR DEL  DISTRITO                          Saltillo, Coahuila a 20 de Abril de 2018.                 CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE
               JUDICIAL DE SALTILLO.                                      A T E N T A M E N T E                         LIC. RICARDO AGUIRRE CUELLAR
            Licenciada CRISTINA AGUIRRE                            LIC. ALVARO JOSE CAMPOS GAY                                                                                   EN LA MISMA FECHA SE PUBLICO.-
                      MARTÍNEZ                                      NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 41                                         CONSTE
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