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18 EL HERALDO DE SALTILLO | Viernes 16 de Agosto de 2019
E D I C T O
En los autos del expediente número 951/2015, juicio Ejecutivo Mercantil, dinero; inscrito bajo la partida 2856, legajo 6058, sección I, de fecha
promovido por Ignacio Pumarejo González, Alfredo Antonio Márquez 13 de abril de 2005. Finca N°1921 en el Municipio de Aldama, terreno
Durand, Adolfo de Jesús Ramos Hernández, y José Antonio Acevedo urbano lote 5, manzana 12, colonia del Bosque, superficie de 360.00
Herrera, endosatarios en procuración de Agrosoluciones 3 C, S. de R.L. metros cuadrados; medidas y colindancias al noreste 12.00 metros con
De C.V., en contra de Promotora Agrícola Noreste S.A. De C.V., y Carlos propiedad privada, al sureste 30.00 metros con lote 6, al suroeste 12.00
Javier Leal Castro; se dicto un auto que en lo conducente dice: Saltillo, metros con avenida los Eucaliptos, al noroeste 30.00 metros con lote
Coahuila de Zaragoza; a doce de agosto de dos mil diecinueve. Visto el 4 superficie 360.00 metros cuadrados, en la cantidad de $502,280.64
escrito de cuenta, agréguese a sus antecedentes; se tiene a la actora (Quinientos dos mil doscientos ochenta pesos 64/100 M.N), cantidad
por haciendo las manifestaciones a que se refiere en el de cuenta, por fijada por los peritos designado en autos, siendo postura legal aquélla
lo que, con fundamento en el artículo 1055, fracción VIII, del Código que cubra las dos terceras partes de dichas sumas de dinero; inscrito
de Comercio a fin de regularizar lo determinado en el acuerdo de fecha bajo la partida 8899, legajo 6178, sección I, de fecha 4 de octubre
ocho de agosto de dos mil diecinueve, debiendo quedar dicho proveído de 2006. Anunciándose el remate por dos veces en un periódico
de la siguiente forma:...se tiene a la Licenciada Mariana Elisa Hurtado de circulación amplia de esta entidad Federativa, entre la primera y
Mendoza, con el carácter que tiene reconocido en autos, por haciendo la segunda publicación, deberán mediar un lapso de nueve días, por
las manifestaciones a que refiere en el de cuenta, y como lo solicita, tratarse de raíces. Asimismo, entre la última publicación y la fecha de
con fundamento en el artículo 1055 del Código de Comercio, en relación remate deberá mediar un plazo no menor de cinco días, convocando
con el artículo 1411 del mismo ordenamiento procesal en cita, y como lo postores los que deberán presentarse reuniendo los requisitos a que
solicita, se señalan las nueve horas con treinta minutos del día trece se refiere en el artículo 1411 del Código de Comercio reformado al
de septiembre de dos mil diecinueve para que tenga verificativo en diez de enero de dos mil catorce. Por otra parte, y en virtud que los
el local de este juzgado la audiencia de remate en primera almoneda bienes inmuebles objeto del remate, se encuentran ubicados fuera de la
del siguiente bien inmueble: Finca N°1918 ubicada en el Municipio jurisdicción de la suscrita Juez, con fundamento en lo dispuesto por los
de Aldama, terreno urbano, lote 2 , manzana 12 colonia del Bosque, artículos 1069, 1071, 1072 y 1075 del Código de Comercio, así como
superficie 411.75 metros cuadrados, medidas y colindancias al noreste el artículo 474 del Código Federal de Procedimientos y 977 fracción
12.00 metros con propiedad privada, al sureste 34.00 metros con lote V del Código Procesal Civil para el estado de Coahuila, supletorios
3. al suroeste 15.00 metros con avenida de los eucaliptos, al noroeste de la materia mercantil, gírese atento exhorto al Juez competente
27.00 metros con lote 1, en la cantidad de $574,504.00 (Quinientos en el municipio de Aldama, Tamaulipas, otorgándosele plenitud de
setenta y cuatro mil quinientos cuatro pesos 00/100 M.N); cantidad jurisdicción, a fin de que, en auxilio de las labores de este juzgado se
fijada por los peritos designado en autos, siendo postura legal aquélla sirva diligenciar en sus términos, proceda a la publicación de los edictos
que cubra las dos terceras partes de dichas sumas de dinero; inscrito correspondientes en el Juzgado, en la tabla de avisos de la Presidencia
bajo la partida número 764, legajo 6016, sección I, de fecha 25 de Enero Municipal de dicha ciudad, y en un periódico de circulación en Aldama,
de 2005. Finca N°1919 ubicada en el Municipio de Aldama , terreno Tamaulipas, y hecho que sea lo anterior se sirva devolver el exhorto
urbano lote 3, manzana 12, colonia del Bosque, superficie 400.00 a su lugar de procedencia. Expídase y entréguese el exhorto para
metros cuadrados, medidas y colindancias al noreste 12.00 metros hacerlo llegar a su destino por conducto de la parte interesada. Por lo
con propiedad privada, al sureste 30.00 metros con lote 4, al suroeste anteriormente expuesto, se deja sin efectos la audiencia establecida
13.00 metros con avenida de los eucaliptos, al noroeste 34.00 metros por auto de fecha once de julio del año en curso, señalada para las
con lote 2, en la cantidad de $558,089.60 (Quinientos cincuenta y nueve horas con treinta minutos del día seis de septiembre de dos mil
ocho mil ochenta y nueve pesos 60/100 M.N.), cantidad fijada por diecinueve. Finalmente, como lo pide se autoriza a los Licenciados
los peritos designado en autos, siendo postura legal aquélla que cubra Mariana Elisa Hurtado Mendoza, José Antonio Acevedo Herrera,
las dos terceras partes de dichas sumas de dinero; inscrito bajo la Guillermo Eduardo Espinoza Montes y Alejandro García Lúa para que
partida 4480, legajo 6090, sección I, de fecha 13 de junio de 2006. intervengan en la diligenciación del exhorto, lo anterior para los efectos
Finca N°1920 ubicada en el Municipio de Aldama, lote 6, manzana 12, de los artículos 1069, 1071 y 1072 del Código de Comercio...rúbricas.
colonia del Bosque, superficie de 360.00 metros cuadrados, medidas
y colindancias: al noreste 12.00 metros con propiedad privada, al
sureste 30.00 metros con lote 7, al suroeste 12.00 metros con avenida Saltillo, Coahuila; a 13 de Agosto de 2019
los eucaliptos, al noroeste 30.00 metros con lote 5, en la cantidad de
$502,280.64 (Quinientos dos mil doscientos ochenta pesos 64/100 Lic. Néstor Urrea Barrientos
M.N), cantidad fijada por los peritos designado en autos, siendo postura Secretario del Juzgado Primero de Primera Instancia en Materia
legal aquélla que cubra las dos terceras partes de dichas sumas de Mercantil del Distrito Judicial de Saltillo

