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EL HERALDO DE SALTILLO
| Viernes 19
de Febrero de 2016
EDICTO.
La suscrita Secretaria, hago constar que dentro de los autos del expediente
60/2016, FOLIO 58/2016, relativo al juicio SUCESORIO INTESTAMEN-
TARIO A BIENES DE ANTONIO CASTOR SALAS y ENEDINA FAVILA
CASTOR, se ordenó publicar edictos en la tabla de avisos de éste Juzgado,
en el Periódico Oficial del Estado y en el portal electrónico de este Poder
Judicial destinado para ello, por DOS veces con intervalo de DIEZ días.
Se hace un llamado a los que se consideren con derecho a la herencia y a
los acreedores del difunto para que se presenten en el juicio a deducirlos,
convocándolos a la junta de herederos que se celebrará a las CATORCE
HORAS DEL DÍA JUEVES DIEZ DE MARZO DE DOS MIL DIECISEIS,
a fin de que se haga la declaratoria de herederos y se designe albacea o in-
terventor en su caso, haciéndoles saber que la denunciante es: promovido
por J. EFRAIN, MARIO y MA. DEL PATROCINIO de apellidos CASTOR
FAVILA; así como a ELIZABETH, OTILIA y MANUEL DE JESUS de ape-
llidos CASTOR GARCIA. CONSTE.
Atentamente.
Saltillo, Coahuila, a 08 de febrero del 2016
La Secretaria de Acuerdo y Trámite adscrita al Juzgado Tercero de
Primera Instancia en Materia Civil
LIC. LAURA OFELIA CASTAÑEDA REYNA.
AVISO NOTARIAL
EL C. LICENCIADO RUBEN ROBERTO SANCHEZ MONTEMAYOR,
NOTARIO PUBLICO NUMERO 42, en ejercicio en el Distrito de Saltillo,
con domicilio en Periférico Luis Echeverría número 715-3B, colonia La-
tinoamericana de esta Ciudad, con fundamento en el Artículo 1127, del
Código Procesal Civil vigente en el Estado, hago saber que mediante Acta
de fecha 11 de Febrero del presente año se inició, en la Notaría a mi cargo,
el Procedimiento Sucesorio Testamentario Extrajudicial, a bienes del se-
ñor EUSEBIO MARTINEZ MALDONADO, promovido por sus hijos y
herederos instituidos, MARIA DE JESUS MARTINEZ DOVALINA, JOSE
EUSEBIO MARTINEZ DOVALINA y BLANCA AZUCENA MARTINEZ
DOVALINA, habiéndose propuesto como albacea de la sucesión a MA-
RIA DE JESUS MARTINEZ DOVALINA, quien tiene su domicilio en calle
Maclovio Herrera número 1051, Zona Centro de esta ciudad. Los herede-
ros instituidos se reconocieron así mismo sus derechos hereditarios y se
fijaron las 16:30 horas del día 9 de Marzo del presente año para llevar a
cabo la Junta de Herederos.
Saltillo, Coahuila, 11 de Febrero de 2016.
LIC. RUBEN ROBERTO SANCHEZ MONTEMAYOR
NOTARIO PÚBLICO NÚMERO 42
AVISO NOTARIAL
EL C. LICENCIADO RUBEN RO-
BERTO SANCHEZ MONTEMA-
YOR, NOTARIO PUBLICO NUME-
RO 42, en ejercicio en el Distrito de
Saltillo, con domicilio en Periférico
Luis Echeverría número 715-3B, colo-
nia Latinoamericana de esta Ciudad,
con fundamento en el Artículo 1127,
del Código Procesal Civil vigente en
el Estado, hago saber que mediante
Acta de fecha 16 de Febrero del pre-
sente año se inició, en la Notaría a mi
cargo, el Procedimiento Sucesorio
Intestamentario Extrajudicial, a bie-
nes del señor PEDRO CELESTINO
TOVAR MIRELES, promovido por
su esposa y sus hijas, los señores MA.
EPIFANIA JARAMILLO FLORES,
BLANCA MARCELINA TOVAR JA-
RAMILLO, MARIANELA TOVAR
JARAMILLO, PEDRO EVERARDO
TOVAR JARAMILLO, RUTH AIDE
TOVAR JARAMILLO Y EDUARDO
TOVAR JARAMILLO, en su carácter
de presuntos herederos de la persona
de cuya sucesión se trata, quien tiene
su domicilio en calle Encino 2012, de
la Colonia Zaragoza de esta ciudad,
habiéndose reconocido los denun-
ciantes recíprocamente sus derechos
hereditarios, por lo que se convoca a
quienes se consideren con derecho a
la herencia y los acreedores de cujus,
para que se presenten a denunciarlos
en los términos de Ley.- DOY FE.-
Saltillo, Coahuila, 16 de Febrero de
2016.
LIC. RUBEN ROBERTO
SANCHEZ MONTEMAYOR
NOTARIO PUBLICO No 42
ATENCIÓN:
A todas las personas interesadas se les
informa que ante la suscrita Notaria
se inició el Procedimiento Extrajudi-
cial Sucesorio Testamentario a bienes
de Héctor Lara Aguilar quien falleció
el primero (01) de septiembre del dos
mil quince (2015), promovido por la
C. Maria de la Luz Arredondo Esqui-
vel, cónyuge del “De Cujus”, Por lo
cual se señalan las DIECISEIS HO-
RAS (16:00) DEL DÍA VEINTIO-
CHO (28) DE FEBRERO DEL AÑO
DOS MIL DIECISEIS (2016) para la
celebración de la Junta de Herederos
correspondiente, misma que se llevará
a cabo en el despacho de esta Notaría
ubicado en la Calle Montevideo nú-
mero seiscientos treinta y cinco (635)
de la Colonia Latinoamericana de esta
Ciudad, para que comparezcan todas
aquellas personas que crean tener
derecho que reclamar en la presente
sucesión. Con fundamento en el artí-
culo 1065 el Código Procesal Civil, se
manda publicar edictos por DOS VE-
CES DE DIEZ EN DIEZ DIAS, en el
periódico Oficial del Estado y en uno
de mayor circulación en esta Ciudad.
ATENTAMENTE:
Lic. Gloria C. Montemayor
Montemayor
Notario Público Número Cincuenta
y Nueve (59).
EDICTO NOTARIAL.
El C. Licenciado SAÚL ESCALANTE OYERVIDES, Notario Público nú-
mero 75, en ejercicio en este Distrito Notarial de Saltillo, y con domici-
lio calle Morelos número 204 entre Eulalio Gutiérrez y Matamoros, zona
centro, Ramos Arizpe, Coahuila, hago constar: Que ante mí compareció
JOSEFA PÉREZ OLVERA, quien MANIFESTÓ: Que por sus propios de-
rechos solicita la intervención del suscrito notario, para iniciar y tramitar
el PROCEDIMIENTO EXTRAJUDICIAL INTESTAMENTARIO a bienes
del C. JACOBO RAMOS CABELLO, quien falleciera el día 9 de Octubre
de 1995, en la Ciudad de Saltillo, Coahuila. El Notario declaró la apertura
de la sucesión, asentando todo lo anterior en el acta fuera de protocolo
fijándose en la misma acta, como fecha de audiencia el día Viernes (26)
veintiséis del mes de febrero del año (2016) dos mil dieciséis a las (16:00)
dieciséis horas respectivamente. La publicación de este edicto se hace dos
veces de diez en diez días y con el propósito de convocar a todas las perso-
nas que se consideren con derecho a la herencia así como a los acreedores
del difunto para que se presenten en el juicio a deducirlos, lo que se hace
con apoyo en lo dispuesto por los artículos 1127 fracción II y 1065 del
Código Procesal Civil del Estado de Coahuila. DOY FE.
LIC. SAÚL ESCALANTE OYERVIDES
NOTARIO PÚBLICO NO. 75
EXTRACTO DE DEMANDA
En autos del expediente número 00178/2016, relativo al JUICIO
RECTIFICACIÓN DE ACTA DEL REGISTRO CIVIL promovido por
DIANA ROCIO PARRA TAFOYA, en contra de la C. OFICIAL SEGUNDO
DEL REGISTRO CIVIL DE ESTA CIUDAD, AGENTE DEL MINISTERIO
PÚBLICO adscrita a este Juzgado y de la C. DIRECTORA ESTATAL DEL
REGISTRO CIVIL DE ESTA CIUDAD, la Ciudadana Licenciada MARIA
EUGENIA GALINDO HERNÁNDEZ, Juez Segundo de Primera Instancia
de lo Familiar del Distrito Judicial de Saltillo, ordenó se publicara el presente
Extracto deDemanda, por una sola vez, tanto en el PeriódicoOficial del Estado
como en uno de los Periódicos de mayor circulación en la Ciudad, así como
en la tabla de avisos de la Oficialía demandada, y se dictó un auto que copiado
a la letra dice: SALTILLO, COAHUILA, A LOS ONCE DÍAS DEL MES DE
FEBRERO DEL AÑO DOS MIL DIECISEIS. Por recibido el escrito de cuenta
y anexos que se acompañan, fórmese el Expediente respectivo y regístrese
en el Libro de Gobierno bajo el número estadístico que le corresponda;
bajo protesta de decir la verdad, esta Juzgadora manifiesta que conoce los
requisitos legales para determinar su capacidad objetiva y subjetiva en el
presente caso y se cumplen con los mismos, sujetándose en caso contrario, a
las consecuencias de carácter legal que se originen. En consecuencia, téngase a
la C. DIANA ROCIO PARRA TAFOYA, por presentada en cuanto haya lugar
en Derecho, demandando en JUICIO FAMILIAR ESPECIAL ORDINARIO
DE RECTIFICACIÓN DE ACTA DEL ESTADO CIVIL DE DEFUNCIÓN,
en contra de los CC. OFICIAL SEGUNDO DEL REGISTRO CIVIL DE
ESTA CIUDAD, de la C. AGENTE DEL MINISTERIO PÚBLICO adscrita
a este Juzgado y de la C. DIRECTORA ESTATAL DEL REGISTRO CIVIL
DE ESTA CIUDAD, la Rectificación del Acta de Defunción número 1032,
Libro 6, Foja 32, de fecha 27 DE ABRIL DEL AÑO 2012, levantada por el
C. OFICIAL TERCERO DEL REGISTRO CIVIL DE ESTA CIUDAD de esta
ciudad, a efecto de que en donde dice: ESTADO CIVIL DIVORCIADO, se
asiente correctamente como CASADO, y en donde dice NACIONALIDAD,
SE ASIENTE como MEXICANA, y en donde dice CURP, SE ASIENTE
CORRECTAMENTE como PATD791107MCLRFN01, y en donde dice
NOMBRE DEL CÓNYUGE, SE ASIENTE CORRECTAMENTE como
DIANAROCÍOPARRATAFOYA, en los términos del ocurso que se provee. Al
respecto, al tenor de lo dispuesto por los Artículos 2, 7, 9, 19 Fracción IX, 383,
384, 385, 393, 560 (reformado) del Código Procesal Civil vigente en el Estado,
se admite la demanda en la vía y forma propuestas. Al efecto, con las copias
simples de la demanda y de los documentos que se acompañan, previamente
cotejados y sellados por la Secretaría de este Juzgado, EMPLÁCESE Y
CORRASE TRASLADO A LOS DEMANDADOS en los domicilios que se
señalan, para que dentro del término de TRES DÍAS, contesten lo que a sus
derechos corresponda. Igualmente, se decreta la publicación de un extracto
de demanda por una sola vez, tanto en el Periódico Oficial del Estado, como
en uno de los periódicos de mayor circulación en la ciudad, así como en la
tabla de avisos de la Oficialía demandada, mandando llamar a cualesquier
interesado que desee oponerse a la demanda, lo cual deberá hacer dentro de
un término que no exceda de DIEZ DÍAS a partir de la fijación. Así mismo,
se hace saber a la parte Actora DIANA ROCIO PARRA TAFOYA, que
el emplazamiento al Oficial del Registro Civil en donde se levantó el Acta
de que se trata, se podrá realizar en el domicilio del propio Oficial ó bien
en la Dirección Estatal del Registro Civil, lo que resulte más cercano a este
Órgano Jurisdiccional, y, en el supuesto que el emplazamiento se realice en
la Dirección Estatal del Registro Civil, ésta se encuentra obligada a recibirlo,
debiendo poner sin demora, en conocimiento al Oficial correspondiente, de
la demanda instaurada y la notificación surtirá todos sus efectos desde que
se entregue, ya sea la persona a quien va dirigido ó al encargado de recibir
la correspondencia en la Dirección Estatal del Registro Civil, de acuerdo a
lo dispuesto por el Artículo 271 del Ordenamiento Adjetivo en consulta; y se
negaren a recibirla, se tendrá por hecha la notificación y serán responsables
de la falta de cumplimiento de la resolución que contenga. Téngase por
autorizados al C. LIC. DANIEL ARTURO PECHIR SILLER para que a
nombre de la Ocursante, oiga y reciba notificaciones, conforme a lo dispuesto
por el Artículo 207 del Ordenamiento Procesal Civil citado. NOTIFÍQUESE.
Así, con fundamento en las disposiciones legales invocadas, lo acordó y firma
la Ciudadana Licenciada MARÍA EUGENIA GALINDOHERNÁNDEZ, Juez
Segundo de Primera Instancia de lo Familiar del Distrito Judicial de Saltillo,
que actúa con la Secretaria Licenciada GUADALUPE FARÍAS CABELLO,
que autoriza y da fe.
SALTILLO, COAHUILA A 16/02/2016 09:21:30 a.m.
LA. C SECRETARIA DEL JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA
INSTANCIA DE LO FAMILIAR DEL DISTRITO JUDICIAL DE
SALTILLO.
LIC. SANDRA JUAREZ BAUTISTA