ARTURO ZALDÍVAR Y EL ESPÍRITU DE MONTESQUIEU

Menos de una semana ha tardado Morena en aprobar una de las medidas más polémicas del sexenio. Haciendo valer su mayoría en ambas cámaras, el partido en el Gobierno pasó primero el rodillo por el Senado, el jueves anterior, para terminar de apuntalar la aprobación la madrugada de este viernes en el Congreso. Con 262 votos a favor, 182 en contra y siete abstenciones, se aprobó el dictamen después de más de 10 horas de debate y tras desechar 553 reservas presentadas por los legisladores de la oposición.

De acuerdo al diario El País, desde su inesperado inicio, el caso Zaldívar ha provocado toneladas de críticas porque la Constitución prohíbe expresamente la extensión de su mandato, porque pone en entredicho la independencia del poder judicial uno de los objetivos favoritos de Andrés Manuel López Obrador en su cruzada contra las instituciones que considera parte de una especie de antiguo régimen, y porque eleva la estrategia polarizadora del gobierno en plena campaña electoral. (elpais.com)

Al respecto, El presidente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Arturo Zaldívar, en un comunicado publicado en redes sociales señaló : “Ejerceré el cargo de presidente de la SCJN y del CJF por el periodo por el cual fui electo por mis pares y estaré a la determinación de la Suprema Corte respecto del precepto en cuestión”.

Y reiteró que seguirá cumpliendo con su compromiso con la justicia que ha defendido durante toda su trayectoria. “Es a través de las sentencias como las personas juzgadoras debemos y esperamos ser avaluadas. Asimismo, seguiré defendiendo la independencia y autonomía del Poder Judicial Federal y de todas las juzgadoras y juzgadores federales tanto críticas del poder formal como de los poderes fácticos” señaló en su comunicado. (twitter.com)

Ante este dilema nacional, bien vale la pena voltear otra vez la mirada a hacia Charles Louis de Secondat, señor de la Brède y barón de Montesquieu, quien contribuyó de forma original a la teoría social y política.

Su tratado, “El espíritu de las leyes”, es producto de 20 años de trabajo. En apariencia se trata de un trabajo jurídico, aunque rebasa mucho este límite para considerar todos los aspectos del comportamiento humano, así como, cuestiones filosóficas acerca de los méritos respectivos de los distintos tipos de legislación.

Al abordar, en su libro XI, capítulo seis, el tema de la constitución de Inglaterra, Montesquieu toma los principios sustentados por Locke en el “Ensayo sobre el Gobierno Civil”. Aunque va más allá, al distinguir claramente entre el poder ejecutivo (que incluye la política exterior), el legislativo y judicial. La estricta separación del primero con los demás es, según Montesquieu, condición necesaria para la libertad. Cuando el poder legislativo se identifica con el ejecutivo la libertad desaparece, señala; tampoco hay libertad si el poder judicial no está separado del legislativo. El poder debe frenar al poder, agrega. Pero ¿puede un gobierno así constituido actuar de forma efectiva? Montesquieu afirma simplemente que lo hará, porque tiene que hacerlo.

En función de que en un Estado libre todos deben estar gobernados por sí mismos, es necesario que cuenten con representantes en el poder legislativo por lo que “lo conveniente es que cada lugar tenga su representante elegido por los habitantes del lugar”. “El pueblo no debe tomar parte en la gobernación de otra manera que eligiendo sus representantes, cosa que está su alcance y puede hacer muy bien”.

Para Montesquieu el poder ejecutivo debe estar en manos de uno solo, por ser una función de gobierno que exige casi siempre una acción momentánea y está mejor desempeñado por uno que por varios; en cambio lo que depende del poder legislativo lo hacen mejor algunos que uno solo.

El poder legislativo, en un Estado libre, no debe inmiscuirse en las funciones del ejecutivo ni paralizarlas, pero tiene el derecho de examinar de qué manera las leyes que ha hecho han sido ejecutadas. Estos tres poderes “se neutralizan produciendo la inacción, pero impulsados por el movimiento necesario de las cosas, han de verse forzados a ir de concierto”.

De esta forma Montesquieu concibe la necesaria división de poderes como la fórmula ideal de un buen gobierno, constituyéndose en el teórico fundamental de la teoría del equilibrio de poderes, que es la columna vertebral de las constituciones que sustentan a la mayoría de los gobiernos de corte social demócrata de la actualidad.

El Presidente de la Suprema Corte, Arturo Zaldívar ha sido cuidadoso de no externar lo que piensa respecto al famoso artículo transitorio, respetando el actuar del Poder Legislativo; y esa postura guardará incluso cuando la controversia transite hacia el Poder Judicial, en donde, en su caso, se excusará de formar parte de la discusión, dictamen y resolución. Bien haremos en confiar en que su compromiso con la Constitución y el espíritu de Montesquieu, lo orientarán, finalmente, a tomar la mejor decisión.

 

José Vega Bautista 

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