EDICTO 257/2019

 

En los autos del expediente número 257/2019, juicio Diligencias de Jurisdicción Voluntaria en Materia Mercantil, promovido por Mario Eulalio Gutiérrez Talamas, en su carácter de accionista y tesorero de Arcillas Saltillo, S.A. de C.V, se dicto un auto que en lo conducente dice: Saltillo, Coahuila de Zaragoza; a dieciséis de julio de dos mil diecinueve. Visto el escrito de cuenta, agréguese a sus antecedentes; se tiene al Licenciado Ángel López Lamas, con el carácter que tiene reconocido en autos, haciendo las amnifestaciones y por exhibiendo las documentales que menciona en el que se provee, y como lo manifiesta que no fue posible lleva a cabo la Asamblea General Ordinaria de Accionistas de Arcillas Saltillo, S.A. de C.V., por galta de quorum, por lo tanto, como se pide, por las razones expuestas, se señalan las nueve horas con treinta minutos del día cuatro de septiembre de dos mil diecinueve para que tenga verificativo la Asamblea General Ordinaria de accionistas de Arcillas Saltillo, S.A. de C.V., la cual deberá llevarse a cabo en el domicilio ubicado en boulevar Luis Echeverría, número 1560, edificio Torre Saltillo, piso nueve, suites corporativas 901 y 902, colonia Guanajuato de esta ciudad de Saltillo, Coahuila, a fin de tratar los asuntos en el orden del día presentado por el accionista Mario Eulalio Gutiérrez Talamas, y que son: 1.- Remoción y Designación de nuevos miembros del Órgano de Administración; 2.- Remoción y designación de nuevo Órgano de Vigilancia; 3.- Emisión de Títulos Accionarios Representativos del Capital Social; 4.- Revocación de Poderes y Cargos otorgados con anterioridad y designación de nuevos Mandatarios. 5.- Designación de los Delegados Especiales para que Formalicen los Acuerdos Societarios tal y como se estipula en los artículos que a continuación, en lo conducente, se transcriben: “…vigésimo séptimo del capítulo quinto, de los estatutos de la citada persona moral, el cual establece: Oportunidad de Celebración.- “Las Asambleas ordinarias se celebrarán por lo menos una vez al año dentro de los cuatro meses siguientes a la clausura de cada ejercicio social”. Vigésimo octavo, que dispone que “el Órgano Social que convocará las convocatorias para Asambleas Generales de Accionistas deberán ser hechas por el Consejo de Administración, por el Administrador General o por los Comisarios”. Artículo vigésimo sexto: clases de asamblea: las asambleas generales de accionistas serán extraordinarias y ordinarias. Las convocadas para tratar de cualquiera de los asuntos incluidos en el artículo 182, de la Ley General de sociedades mercantiles serán asambleas extraordinarias, todas las demás serán ordinarias. Artículo Vigésimo Séptimo: oportunidad de celebración; las asambleas ordinarias se celebrarán por lo menos una vez al año dentro de los cuatro meses siguientes a la clausura de cada ejercicio social. Además de los asuntos específicos de la orden del día deberán: 1) Discutir, aproar, modificar y resolver lo conducente en relación con el Balance General, después de haber oído el informe del Consejo de Administración o al Administrador General y a los Comisarios y determinar sus remuneraciones las que serán con cargo a gastos del ejercicio. 2) Decidir sobre la aplicación de utilidades. Artículo Vigésimo Octavo; órgano social que convocará las convocatorias para asambleas generales de accionistas deberán ser hechas por el Consejo de Administración, por el Administrador General o por los Comisarios. Artículo Vigésimo Noveno; publicación; las convocatorias para asambleas deberán publicarse en el periódico oficial del domicilio de la sociedad o en uno de los diarios de mayor circulación en dicho domicilio, por lo menos con quince días de anticipación a la fecha fijada para la Asamblea. Las convocatorias contendrá el orden del día y deberán estar firmadas por la persona o personas que las hagan… Mediante la solicitud de la convocatoria a que se ha hecho referencia en el contecto de esta resolución, y que son:I) Proyecto de Reforma General a los estatutos en caso de aprobación de la transformación de la Sociedad Anónima a Sociedad Anónima de Capital Variable. II) Designar delegado que de cumplimiento y formalice las resoluciones tomadas por ésta Asamblea. III) Lectura y aprobación en su caso del acta que se levanto con relación a esta asamblea. Los accionistas estuvieron de acuerdo con la declaración del Presidente y aprobación unánime de la orden del día propuesta la que se paso a desahogar de la siguiente manera: I) con relación al primer punto de la orden del día el presidente de la Asamblea expuso a los accionistas que considerando necesaria una restructuración general a los estatutos de la sociedad, se ha realizado un proyecto de reformas a la escritura social, el cual se presenta a la consideración de la asamblea para que ésta determine lo conducente”. Por otra parte y advirtiéndose del escrito de cuenta y anexos que se exhibieron, que el secretario Javier A. Treviño Hernández, el vocal José López Guerrero y la vocal Belén Sánchez Treviño ya fallecieron, dese vista al Ministerio Público adscrito a los Juzgados Civiles y Mercantiles, a efecto de que represente a las mencionadas personas el día y hora señalados para que tenga verificativo la Asamblea General Ordinaria, esto sin perjuicio de que atendiendo a la convocatoria y la publicidad requerida puedan comparecer los Representantes de la Sucesión del secretario Javier A. Treviño Hernández, el vocal José López Guerrero y la vocal Belén Sánchez Treviño a quien deberá dárseles la intervención que en derecho corresponda. Lo anterior, en la inteligencia de que dicha convocatoria deberá ser publica en el Sistema Electrónico establecido por la Secretaría de Economía, así como mediante un aviso en el Periódico Oficial del Estado, y en uno de los diarios de mayor circulación en la entidad, para conocimiento de los Representantes de la sucesión respectiva, con una anticipación de (15) QUINCE DÍAS, antes de la fecha señalada para la reunión, sin contarse los días de la convocatoria ni el de la asamblea (reunión), como lo precisa el artículo 186 de la Ley General de Sociedades Mercantiles, el cual establece: …la convocatoria para las asambleas generales deberá hacerse por medio de la publicación de un aviso en el sistema electrónico establecido por la Secretaría de Economía con la anticipación que fijen los estatutos, o en su defecto, quince días antes de la fecha señalada para la reunión. Durante todo este tiempo estará a disposición de los accionistas, en las oficinas de la sociedad, el informe a que se refiere el enunciado general del artículo 172… Hecho lo cual, el mencionado accionista y tesorero, deberá informar a esta Autoridad mediante copia certificada dentro del plazo de tres días, posteriores a la celebración de la asamblea, su debido cumplimiento, debiendo estar representada la asamblea por lo menos por la mitad del capital social y las resoluciones serán válidas cuando sean tomadas por la mayoría de los votos presentes…rúbricas.

Saltillo, Coahuila; a 06 de Agosto de 2019

 

 

 

 

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Lic. Mayra Alejandra Treviño Bueno

Secretaria del Juzgado Primero de Primera  Instancia en Materia Mercantil del Distrito Judicial de Saltillo