SCJN garantiza el derecho al aborto en caso de violación

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La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) garantiza el derecho al aborto por violación en todo el país.

Los ministros declararon infundadas las controversias constitucionales presentadas por Baja California y Aguascalientes en contra de la Norma Oficial Mexicana que establece el derecho de las víctimas a interrumpir el embarazo en instituciones de salud pública, sin necesidad de una autorización del Ministerio Público, informó Noticieros Televisa en su sitio web.

Lo que se está haciendo es facilitar el acceso a las víctimas, precisamente a que puedan interrumpir el embarazo cuando éste deriva de una violación. En el caso de violación me parece que es casi incuestionable que este derecho debe ser accesible, cercano, rápido y pronto. Me parecería muy grave poner requisitos excesivos e interpretaciones rigoristas de cómo se debe, cómo se debe modificar una Norma Oficial Mexicana, para no generar cierta incomodidad a las autoridades que la van a aplicar perjudicando el derecho de las mujeres y las niñas”, señaló Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN.

El ministro presidente Arturo Zaldívar alertó sobre regresiones en contra de los derechos de las mujeres en el país.

Estamos apreciando, en algunos lugares, regresiones en contra de los derechos de las mujeres, me parece que este Tribunal Pleno tiene que mandar un mensaje muy claro de que se protegen los derechos de las mujeres, tenemos índices, tenemos estadísticas gravísimas del abuso hacia la mujer, del maltrato, de feminicidios, de violaciones y también tenemos lamentablemente casos recientes de que las autoridades tratan de hacer valer cualquier subterfugio para negarles el acceso a la interrupción legal del embarazo a las mujeres y particularmente a las niñas”, refirió Arturo Zaldívar, ministro presidente de la SCJN.

Durante la sesión ordinaria, el ministro Javier Laynez Potisek propuso hacer una interpretación con perspectiva de género.

Máxime que en esta Norma Oficial Mexicana se dice con toda claridad que las instituciones no están obligadas a corroborar el dicho de la víctima, conforme a la anterior Norma Oficial Mexicana tenían que acreditar esa violación, recurriendo, forzosamente a acusar a su agresor ante el MP y tenían que esperar la autorización del MP para la interrupción del embarazo. En este caso la norma está dirigida fundamentalmente a la mujer adolescente y a la mujer en general”, indicó Javier Laynez Potisek, ministro de la SCJN.

El Pleno rechazó el proyecto del ministro Mario Pardo Rebolledo y lo returnó para que se presente una nueva propuesta con la que se avale la norma. (NOTICIEROS TELEVISA)