Podrían ampararse, para evitar que les bajen el sueldo; Presidente de la Corte está de acuerdo

Un Tribunal de Sinaloa otorgó esta semana la primera suspensión provisional contra la suspensión de sueldos a funcionarios que los obligaría a ganar menos que los 108 mil que devengará el presidente electo, según publicó el periodista Salvador García Soto en su columna Serpientes y Escaleras. Esta es una alternativa para aquellos funcionarios públicos que ganan más de 108 mil pesos mensuales, y que quieren evitar una disminución en sus percepciones.

García Soto señaló que la “luz verde” la dio la semana pasada el presidente de la Suprema Corte, Luis María Aguilar, quien dijo: “La independencia de jueces y magistrados no es un privilegio, sino una condición necesaria para impartir justicia con autonomía…

Ninguna modernización puede pasar por encima del Poder Judicial de la Federación… usemos con todo derecho los instrumentos que nuestras leyes nos establecen… todo acto arbitrario puede ser revertido”.

El columnista de El Universal difundió que un Tribunal de Sinaloa otorgó la primera suspensión provisional contra la reducción de sueldos a funcionarios públicos, a la magistrada federal, Sonia Castro Rojas, para que no se le apliquen “los autos de las Cámaras de Diputados y Senadores” en sus artículos “inconstitucionales”, que obligarían a bajarle su sueldo a partir del 1 de diciembre a menos de 108 mil pesos mensuales, que será el salario del presidente de la República; con esta primera suspensión se abre la puerta a que cualquier servidor público federal, de los tres Poderes u organismos autónomos, pueda ampararse contra la baja de sueldos.

Añade que, “con el argumento jurídico de la “inconstitucionalidad” y de que disminuir el salario a la magistrada sería permitir un “atentado contra la independencia del Poder Judicial en su variante objetiva, que se identifica con la ausencia de presiones externas, así como la exclusión de intromisiones indebidas de los otros poderes y fuerzas del Estado”, el Tribunal judicial ordenó la suspensión provisional de los actos reclamados, consistentes en “la discusión, aprobación y emisión del Decreto por el que se expide la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos, reglamentaria de los artículos 75 y 127 de la Constitución y se adiciona el Código Penal Federal, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 5 de noviembre de 2018, en concreto los artículos 1,2,3,4 y 6, además de los artículos 217 Bis y 217 Ter del Código Penal”.

“Ya en su discurso del 14 de noviembre pasado, en un evento del Consejo de la Judicatura, el ministro Aguilar había trazado la ruta legal que podrían tomar los integrantes del Poder Judicial, al señalar que el artículo 17 de la Constitución exigía que las leyes garanticen la independencia de los Tribunales, y recordarles a jueces y magistrados que “existen los medios de control de los actos públicos y de los actos de autoridad, cualquiera que ésta sea para que no transgredan el texto fundamental de nuestra Constitución… y que todo acto arbitrario puede ser revertido”.

En ese mensaje, en que aludía al “amparo” para contrarrestar cualquier violación a la Constitución y abuso de autoridad, el presidente de la Corte también defendió los sueldos de los funcionarios judiciales:

“Cada peso de nuestra justa remuneración lo hemos devengado en años de dedicación, de trabajo y sin descanso”, dijo.

Y ahora, con la aceptación de la primera solicitud de amparo presentada en Sinaloa con el expediente 747/2018, el Tribunal decidió otorgar el amparo indirecto a la magistrada Castro Rojas y estableció como criterio:

“En apariencia del buen derecho que le asiste, se concede la suspensión provisional solicitada a la quejosa… para el efecto de que permanezcan las cosas en el estado que actualmente se encuentran (sin que se modifique a la baja su sueldo) y no se le apliquen los artículos tildados de inconstitucionales, hasta en tanto se resuelva sobre la suspensión definitiva de los actos reclamados en el presente incidente”.

Así es que con este primer amparo se abre la posibilidad de que cualquier otro funcionario, no sólo del Poder Judicial, sino de otros poderes o de organismos autónomos y empresas del Estado, puedan recurrir al amparo para pedir la protección de la justicia federal para evitar que les bajen el sueldo y contra la Ley de Remuneraciones de los Servidores Públicos que obliga a que ningún funcionario gane más de 108 mil pesos mensuales, so pena de ser castigado penalmente.

Pero al mismo tiempo, comienza también una confrontación entre Poderes que, más que por los salarios, será un conflicto de constitucionalidad que pudiera llegar incluso a la Suprema Corte de Justicia, justo en el arranque del gobierno de Andrés Manuel López Obrador.

De poder a poder, ¿a qué poder le asistirá la razón constitucional?, se pregunta García Soto.

 

(EL HERALDO, con información de Salvador García Soto en su columna Serpientes y Escaleras https://www.eluniversal.com.mx/columna/salvador-garcia-soto/nacion/abren-guerra-de-amparos-vs-ley-de-remuneraciones)