Tendrían otra sanción alterna los causantes de incendio

 

Saltillo.- De acuerdo a nuestro sistema de justicia penal, los jóvenes que serán llevados a juicio por el incendio en la Sierra de Zapalinamé una vez que incumplieron el acuerdo de la Unidad de Medidas Cautelares para hacer trabajo comunitario, sólo podrían ser ingresados a un Centro de Reinserción Social si el juez que falle el caso considera el delito en que incurrieron como grave, expresó Yezka Garza Ramírez, Procuradora de los Niños, las Niñas y la Familia en la entidad.

Sin embargo, estimó que una condena privativa de la libertad es el último recurso al que accede un juez en materia de adolescentes e incluso cuando los adultos lo cometen; destacó que por el contrario, si el delito es considerado como no grave hay mecanismos alternos y sanciones alternas, lo que es una de las generosidades del nuevo sistema de justica penal.

“Se tiene que iniciar todo el proceso, segura estoy que el juez que conociera ese proceso buscaría una sanción alterna”, consideró.

Las leyes penales en nuestro país señalan que un niño mayor de 12 años ya es considerado como imputable a una conducta tipificada como delito, aunque entre esta edad y los 14 años, no serán enviados a Unidades de Internamiento.

“Son materia para que conozca el Ministerio Público de Adolescentes y lleve ante el juez la responsabilidad que cometieron”, explicó.

De los 14 a los 17 años son candidatos a un proceso de reinserción social dentro de un centro especializado y la pena máxima a que pueden ser acreedores, cometiendo un delito grave, es de cinco años.

“Pero en todo momento pueden juzgarse conforme a las leyes penales, cuando hablamos de menos de 12 años, nosotros iniciamos un proceso de justicia restaurativa, una vez que conoce el Ministerio Público correspondiente las primeras diligencias, el posible diagnóstico de daños; y ya se remite a la Procuraduría”, finalizó. (ESMERALDA SANCHEZ / INFONOR)

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