EN EL TINTERO

JESSICA ROSALES 

ALCALDES DE DÍA 

A pesar de que el Instituto Electoral de Coahuila había determinado que los funcionarios con intenciones de reelegirse tendrían que separarse del cargo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación estableció que esto no era necesario, y entonces, nos encontramos con alcaldes que por la mañana se ostentan como presidentes municipales y por la tarde como candidatos a un puesto de elección popular.

¿Y cómo es que los candidatos bajo estas circunstancias pueden hacer proselitismo político sin descuidar sus tareas en el Ayuntamiento?

Resulta que en cada municipio los alcaldes y alcaldesas, bajo sus propias consideraciones y sin consultarle a nadie -al menos no a los ciudadanos-, establecieron horarios para poder cumplir con ambas funciones.

En Piedras Negras, por ejemplo, la alcaldesa priista Sonia Villarreal anunció que realizaría su labor frente al Ayuntamiento de 8 de la mañana a las 4 de la tarde. Lo anterior le permite incluso ofrecer entrevistas de los noticieros matutinos de 7 a 9 de la mañana, la primera hora como candidata y la segunda como alcaldesa. Ni siquiera tiene que irse y regresar.

En Torreón, en donde gobierna el panista Jorge Zermeño Infante, el Ayuntamiento se tomó una hora adicional para hacer política, pues Luis Enrique Coronado, asesor jurídico en materia electoral de la Presidencia Municipal -cargo que ni siquiera sabíamos que existía-, dio a conocer que los funcionarios deben acatar un horario de trabajo y otro para realizar proselitismo.

Señala que el uso tanto de unidades oficiales como del uniforme con logotipos de la Administración, queda prohibido de ocho de la mañana a tres de la tarde. De igual forma la promoción en redes sociales oficiales.

¿Entonces los ciudadanos no podrán estar informados de las labores del Ayuntamiento después de las 3 de la tarde y hasta el siguiente día? ¿Y si ocurre una tragedia? ¿Quién gobierna la 17 horas siguientes?

¿No se supone que alguien debe quedarse a cargo en ausencia del alcalde? ¿Quién es en cada caso o se suspenden las labores en esos municipios?

Ante la ausencia de una norma general que regule la equidad en la contienda el Consejo General del IEC emitió unas reglas básicas; sin embargo, estas no resultan suficientes para aquellos candidatos que no tienen la ventaja de quienes siguen en la función pública.

Y es que la Corte determinó que no se considera desvío de recursos el uso de personal, vehículos equipados y otros elementos de seguridad para la protección de los funcionarios. Hay que decir que los otros candidatos no cuentan con este beneficio y que además esa protección se paga con el recurso del erario. ¿Usted qué opina?