Define el IEC reglas para instalación de centros de captura de datos

La mañana de este miércoles, el Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila aprobó la ubicación de los Centros de Acopio y Transmisión de Datos (CATD), los cuales se ubican en los 38 Comités Municipales, así como el Centro de Captura y Verificación (CCV), el cual se ubicará en la sede central del Consejo General, para el Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP) en el Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018.

De igual forma, el Consejo General instruye a los Comités Municipales para supervisar, las actividades relacionadas para la implementación y operación del Programa de Resultados Electorales Preliminares en los Centros de Acopio y Transmisión de Datos, y en su caso en los Centros de Captura y Verificación.

De esta forma en apego al Reglamento de Elecciones, para determinar la ubicación de los Centros de Acopio y Transmisión de Datos (CATD), y en su caso de los Centros de Captura y Verificación (CCV), se tomaron en cuenta los siguientes criterios:

  1. El espacio físico deberá contar con todas las facilidades para que los integrantes de los Consejos Locales, Distritales y Municipales, según corresponda, puedan acceder a supervisar su operación, sin obstaculizar el correcto desarrollo de cualquiera de las fases del proceso técnico operativo;
  2. El espacio físico deberá estar acondicionado con una adecuada iluminación y ventilación, así como, con el mobiliario suficiente para la operación. De la misma manera, deberá acondicionarse de tal forma que garantice la integridad y seguridad del personal, equipos, materiales e información; y
  • Las dimensiones del espacio destinado a la instalación de los CATD y, en su caso CCV, dependerán del número de personas que participen en el desarrollo de las fases del proceso técnico operativo, considerando suficiente espacio para realizar todas las actividades del proceso de manera ininterrumpida, efectiva y sin poner en riesgo la seguridad del personal y el equipo del CATD, o en su caso CCV.

Por otra parte, se designó como Ente Auditor al Instituto Tecnológico y de Estudios Superiores de Monterrey (ITESM), para realizar la auditoría de verificación y análisis del Sistema Informático que será utilizado para la implementación y programación del Programa de Resultados Electorales Preliminares (PREP), para el Proceso Electoral Local Ordinario 2017-2018.

El Consejo General del Instituto Electoral de Coahuila declaró además improcedente la solicitud del ciudadano Héctor Clemente Espeleta Morales, para participar cono Candidato Independiente al cargo de Presidente Municipal en el Ayuntamiento de Torreón, quien no entregó el número de cédulas que se requieren en dicho Ayuntamiento.

Finalmente se ratificaron los Convenios firmados por el Instituto Electoral de Coahuila con la Procuraduría para Niños, Niñas y la Familia, así como con la Secretaria de Educación del Estado y se presentaron los informes del monitoreo de publicaciones impresas sobre las encuestas por muestreo, sondeos de opinión, encuestas de salida o conteos rápidos cuyo fin sea dar a conocer encuestas electorales, así como las peticiones y diligencias practicadas por parte de la Oficialía Electoral. (EL HERALDO)